Ante las numerosas reclamaciones que hemos presentado frente a diversas entidades bancarias llama la atención la práctica poco apropiadas de alguna de ellas que se niegan a dar a los clientes los intereses devengados por el tiempo que ha tenido en su poder el dinero que les correspondía a sus usuarios( Cajasur entre ellas) , devolviendo al cliente la cantidad que consideran apropiada sin facilitar el cuadro de amortización del préstamo. Hay entidades que optan por no atender las reclamaciones y agotar la vía judicial( Caja rural) con resultados negativos para ellos con la idea de tratar de atemorizar y evitar la reclamación de los indecisos así como dilatar el tiempo de pago. Otras entidades( Unicaja) deciden «pelear» judicialmente para ofrecer antes del juicio una cantidad a la baja. En definitiva, es imprescindible un buen asesoramiento en las reclamaciones de cláusula suelo para evitar estas prácticas.
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El nuevo sistema de valoración de daños en accidente de circulación que supone la ley 35/2015 introduce importantes novedades estableciendo un deber recíproco de colaboración entre la compañía aseguradora y la víctima del accidente. Se puede decir que ya no es posible que la compañía se guarde un «as» en la manga en la tramitación del siniestro no ofreciendo al lesionado el informe médico de valoración, el cual debe de poner a disposición del lesionado a la hora de aportar su oferta de indemnización, la cual debe de ser motivada, de manera que vamos a tener acceso a la misma información que dispone la compañía a la hora de intentar alcanzar un acuerdo con nosotros.
Otra novedad muy destacable es la obligatoriedad antes de interponer reclamación judicial frente a la compañía asegura de presentar reclamación previa frente a ésta como si de una Administración se tratara, con deber inexcusable de resolución en un plazo concreto por parte de la aseguradora de nuestra reclamación formulada.
Sin lugar a dudas, lo mas beneficioso de la nueva regulación es a groso modo una subida considerable de las posibles indemnizaciones que puedan corresponder para perjudicados y víctimas , contemplando figuras novedosas como rentas vitalicias, indemnización a personas allegadas que no fueran familiares en caso de fallecimiento,….En definitiva, tras el paso atrás en perjuicio de los lesionados, perjudicado y víctimas que supuso la reforma del Código Penal parece que con esta nueva regulación se compensa la balanza entre quien lamentablemente se ve inmerso si comerlo ni beberlo en un accidente de circulación y la compañía aseguradora que quiere minorar al máximo el perjuicio económico que le supone el pago de posible indemnizaciones.
Deiure Abogados alcanza acuerdo de colaboración con el Colegio Oficial de Ingenieros de Andalucía Occidental, por el cual se proporciona un servicio especial para todos sus colegiados
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Desde 1994 con la creación del sistema comunitario de protección de variedades vegetales permite la concesión de derechos de propiedad industrial que son válidos en el territorio de los 28 Estados miembros de la Unión Europea.